La Juez Única de la Comisión Disciplinaria de la CONMEBOL,
RESUELVE
1º. IMPONER al jugador GABRIEL BARBOSA ALMEIDA una multa de USD 20.000 (VEINTE MIL DÓLARES
ESTADOUNIDENSES) por la infracción al artículo 11.2 literales b), d) y f) del Código Disciplinario de la
CONMEBOL. El importe de esta multa será debitado automáticamente del monto a recibir por el
CLUBE DE REGATAS DO FLAMENGO en concepto de derechos de Televisación o Patrocinio.
2º. ADVERTIR expresamente al jugador GABRIEL BARBOSA ALMEIDA que en caso de reiterarse
cualquier infracción a la disciplina deportiva de igual o similar naturaleza a la que ha traído causa el
presente procedimiento será de aplicación lo dispuesto en el Artículo 27 del Código Disciplinario de
la CONMEBOL, y las consecuencias que del mismo se pudieran derivar.
3º. NOTIFICAR al jugador GABRIEL BARBOSA ALMEIDA y al CLUBE DE REGATAS DO FLAMENGO.
Contra esta decisión cabe recurso ante la Comisión de Apelaciones de la CONMEBOL en el plazo de 7
(siete) días corridos contados desde el día siguiente a la notificación de los fundamentos de esta
decisión conforme al Artículo 67.2 del Código Disciplinario de la CONMEBOL. El recurso deberá
cumplir con las formalidades exigidas en el artículo 67.4 y siguientes del Código Disciplinario de la
CONMEBOL. De conformidad con el Art. 67.5 del Código Disciplinario de la CONMEBOL, la cuota de
apelación de USD. 3.000 (DOLARES ESTADOUNIDENSES TRES MIL) ha de ser abonada mediante
transferencia bancaria.
Designaciones de árbitros para la CONMEBOL Sub20 2025
Aquí se actualizará la designación de árbitros correspondiente a todos los partidos de la CONMEBOL Sub20 2025, que se disputa