El Juez Único de la Comisión Disciplinaria de la CONMEBOL
RESUELVE
1°. IMPONER al SPORT CLUB INTERNACIONAL una multa de USD 20.000 (VEINTE MIL DÓLARES
ESTADOUNIDENSES) por la infracción al artículo 4.2.4 del Manual de Clubes de la CONMEBOL
Libertadores 2023. El importe de esta multa será debitado automáticamente del monto a recibir por
el Club de la CONMEBOL en concepto de derechos de Televisión o Patrocinio.
2°. IMPONER al SPORT CLUB INTERNACIONAL una multa de USD 12.500 (DOCE MIL QUINIENTOS
DÓLARES ESTADOUNIDENSES) por la infracción al artículo 5.6.5 del Manual de Clubes de la
CONMEBOL Libertadores 2023. El importe de esta multa será debitado automáticamente del monto
a recibir por el Club de la CONMEBOL en concepto de derechos de Televisión o Patrocinio.
3°. IMPONER al SPORT CLUB INTERNACIONAL una multa de USD 5.000 (CINCO MIL DÓLARES
ESTADOUNIDENSES) por la infracción al artículo 5.4.2 del Manual de Clubes de la CONMEBOL
Libertadores 2023. El importe de esta multa será debitado automáticamente del monto a recibir por
el Club de la CONMEBOL en concepto de derechos de Televisión o Patrocinio.
4°. IMPONER al SPORT CLUB INTERNACIONAL una ADVERTENCIA por la infracción al artículo 7.3.4.5
del Manual de Clubes de la CONMEBOL Libertadores 2023.
5º. ADVERTIR expresamente al SPORT CLUB INTERNACIONAL que en caso de reiterarse cualquier
infracción a la disciplina deportiva de igual o similar naturaleza a la que ha traído causa el presente
procedimiento será de aplicación lo dispuesto en el Art. 27 del Código Disciplinario de la CONMEBOL,
y las consecuencias que del mismo se pudieran derivar.
6º. NOTIFICAR al SPORT CLUB INTERNACIONAL.
Contra esta decisión cabe recurso ante la Comisión de Apelaciones de la CONMEBOL en el plazo de 7
(siete) días corridos contados desde el día siguiente a la notificación de los fundamentos de esta
decisión conforme al Artículo 67.2 del Código Disciplinario de la CONMEBOL. El recurso deberá
cumplir con las formalidades exigidas en el artículo 67.4 y siguientes del Código Disciplinario de la CONMEBOL. De conformidad con el Art. 67.5 del Código Disciplinario de la CONMEBOL, la cuota de
apelación de USD. 3.000 (DOLARES ESTADOUNIDENSES TRES MIL) ha de ser abonada mediante
transferencia bancaria.
Cristóbal Valdés
Miembro
Comisión Disciplinaria