El Juez Único de la Comisión Disciplinaria de la CONMEBOL,
RESUELVE
1º. IMPONER al SR. JOEL RAFFO OLCESE una multa de USD 5.000 (CINCO MIL DÓLARES
ESTADOUNIDENSES) por la infracción al artículo 11.2 literales b) y c) del Código Disciplinario de la
CONMEBOL. El importe de esta multa será debitado automáticamente del monto a recibir por el
Club de la CONMEBOL en concepto de derechos de Televisión o Patrocinio.
2°. IMPONER al CLUB SPORTING CRISTAL una multa de USD 5.000 (CINCO MIL DÓLARES
ESTADOUNIDENSES) por la infracción al artículo 7.3.4.1 del Manual de Clubes de la CONMEBOL
Libertadores 2024. El importe de esta multa será debitado automáticamente del monto a recibir por
el Club de la CONMEBOL en concepto de derechos de Televisión o Patrocinio.
3°. IMPONER al CLUB SPORTING CRISTAL una multa de USD 5.000 (CINCO MIL DÓLARES
ESTADOUNIDENSES) por la infracción al artículo 1.3.1 del Manual de Clubes de la CONMEBOL
Libertadores 2024. El importe de esta multa será debitado automáticamente del monto a recibir por
el Club de la CONMEBOL en concepto de derechos de Televisión o Patrocinio.
4º. IMPONER al CLUB SPORTING CRISTAL una ADVERTENCIA por la infracción al artículo 5.3.3.2 del
Manual de Clubes de la CONMEBOL Libertadores 2024.
5º. ADVERTIR expresamente al CLUB SPORTING CRISTAL y al SR. JOEL RAFFO OLCESE que en caso
de reiterarse cualquier infracción a la disciplina deportiva de igual o similar naturaleza a la que ha
traído causa el presente procedimiento será de aplicación lo dispuesto en el Art. 27 del Código
Disciplinario de la CONMEBOL, y las consecuencias que del mismo se pudieran derivar.
6º. NOTIFICAR y cumplido archivar.
Competencia, aprendizaje y diversión para el talento sudamericano en Catar
Del 2 al 7 de diciembre, jugadores y jugadoras de las categorías Sub13 Masculina, Sub14 y Sub16 Femenina de clubes