La Comisión Disciplinaria de la CONMEBOL,
RESUELVE
1°. IMPONER al CLUB ESTUDIANTES DE LA PLATA una MULTA de USD 80.000 (OCHENTA MIL DÓLARES ESTADOUNIDENSES) por la infracción al Artículo 15.2 del Código Disciplinario de la CONMEBOL. El monto de esta multa será debitado automáticamente del importe a recibir por el CLUB ESTUDIANTES DE LA PLATA la CONMEBOL en concepto de derechos de Televisión o Patrocinio.
2°. ORDENAR al CLUB ESTUDIANTES DE LA PLATA a realizar en su siguiente partido en condición de local en competiciones organizadas por la CONMEBOL, las siguientes activaciones:
2.1 EXHIBIR un cartel con la frase “Basta de Racismo” en el Protocolo de inicio de partido, al momento de la formación de los equipos frente a la tribuna de honor. El diseño y medidas del cartel será informado por la Dirección Comercial y Marketing de la CONMEBOL.
2.2 EXHIBIR desde KO -2h hasta el final del partido, en la pantalla gigante del Estadio, la frase “Basta de Racismo”, con excepción a los momentos en los cuales se deban exhibir las activaciones deportivas y comerciales propias de la Competición. El diseño de la imagen a exhibir será enviado por la Dirección Comercial y Marketing de la CONMEBOL.
2.3. PUBLICAR en las redes sociales oficiales del CLUB ESTUDIANTES DE LA PLATA una campaña comunicacional con la frase “Basta de Racismo” durante los tres días previos a su próximo partido, la cual tendrá que ser aprobada previamente por la Dirección de Comunicaciones de la CONMEBOL.
3°. IMPONER al CLUB ESTUDIANTES DE LA PLATA una MULTA de USD 8.000 (OCHO MIL DÓLARES ESTADOUNIDENSES) por la infracción a los Artículos 5.1.5 y 5.1.5.1 del Manual de Clubes de la CONMEBOL Libertadores 2024. El monto de esta multa será debitado automáticamente del importe a recibir por el CLUB ESTUDIANTES DE LA PLATA de la CONMEBOL en concepto de derechos de Televisión o Patrocinio.
4°. IMPONER al CLUB ESTUDIANTES DE LA PLATA una ADVERTENCIA por la infracción al Artículo 4.3.3.5 del Manual de Clubes de la CONMEBOL Libertadores 2024.
5° ADVERTIR expresamente al CLUB ESTUDIANTES DE LA PLATA que en caso de reiterarse cualquier infracción a la disciplina deportiva de igual o similar naturaleza a la que ha traído causa el presente procedimiento será de aplicación lo dispuesto en el Art. 27 del Código Disciplinario de la CONMEBOL, y las consecuencias que del mismo se pudieran derivar.
6º. NOTIFICAR al CLUB ESTUDIANTES DE LA PLATA.
Contra esta decisión cabe recurso ante la Comisión de Apelaciones de la CONMEBOL en el plazo de 7 (siete) días corridos contados desde el día siguiente a la notificación de los fundamentos de esta decisión conforme al Artículo 64.1 del Código Disciplinario de la CONMEBOL. El recurso deberá cumplir con las formalidades exigidas en el artículo 64.3 y siguientes del Código Disciplinario de la CONMEBOL. De conformidad con el Art. 64.4 del Código Disciplinario de la CONMEBOL, la cuota de apelación de USD. 3.000 (DOLARES ESTADOUNIDENSES TRES MIL) ha de ser abonada mediante transferencia bancaria.