El Juez Único de la Comisión Disciplinaria de la CONMEBOL,
RESUELVE
1º. CONFIRMAR el partido de suspensión automática impuesto al Jugador HAYNER WILLIAM
MONJARDIM CORDEIRO no acordando ningún partido adicional de suspensión. La presente sanción
se deberá cumplir conforme a lo dispuesto en los Artículos 73 y siguientes del Código Disciplinario
de la CONMEBOL.
2º. IMPONER al Jugador HAYNER WILLIAM MONJARDIM CORDEIRO una multa de USD 1.500 (MIL
QUINIENTOS DÓLARES ESTADOUNIDENSES) en virtud del Artículo 16.6 del Código Disciplinario de la
CONMEBOL. El importe de esta multa será debitado automáticamente del monto a recibir por su
Club en concepto de derechos de Televisación o Patrocinio.
3º. NOTIFICAR y cumplido archivar.
Contra esta decisión no cabe recurso
Jorge Posse
Miembro
Comisión Disciplinaria
Cambio de estadio en un partido de Octavos de Final
La Dirección de Competiciones y Operaciones de la CONMEBOL informó el cambio de estadio para el partido entre Grêmio (BRA)