La Comisión Disciplinaria de la CONMEBOL,
RESUELVE
1º. SUSPENDER al jugador BRUNO VINICIUS SOUZA RAMOS por un periodo de 4 (cuatro) meses de
participar en competiciones organizadas por la CONMEBOL por la infracción al artículo 15.1 del Código
Disciplinario de la CONMEBOL. El cómputo de la sanción inicia desde la notificación de la presente
decisión.
2º. ADVERTIR expresamente al jugador BRUNO VINICIUS SOUZA RAMOS que en caso de reiterarse
cualquier infracción a la disciplina deportiva de igual o similar naturaleza a la que ha traído causa el
presente procedimiento será de aplicación lo dispuesto en el Art. 27 del Código Disciplinario de la
CONMEBOL, y las consecuencias que del mismo se pudieran derivar.
3º. NOTIFICAR al jugador BRUNO VINICIUS SOUZA RAMOS y a la SOCIEDADE ESPORTIVA
PALMEIRAS.
Contra esta decisión cabe recurso ante la Comisión de Apelaciones de la CONMEBOL en el plazo de 7
(siete) días corridos contados desde el día siguiente a la notificación de los fundamentos de esta
decisión conforme al Artículo 67.2 del Código Disciplinario de la CONMEBOL. El recurso deberá
cumplir con las formalidades exigidas en el artículo 67.4 y siguientes del Código Disciplinario de la
CONMEBOL. De conformidad con el Art. 67.5 del Código Disciplinario de la CONMEBOL, la cuota de
apelación de USD. 3.000 (DOLARES ESTADOUNIDENSES TRES MIL) ha de ser abonada mediante
transferencia bancaria.
Jorge Posse
Miembro
Comisión Disciplinaria
Amarilis Belisario
Vicepresidente
Comisión Disciplinaria
Cristóbal Valdés
Miembro
Comisión Disciplinaria