La Juez Única de la Comisión Disciplinaria de la CONMEBOL,
RESUELVE:
1º. IMPONER al CLUB SOCIAL Y DEPORTIVO COLO COLO una multa de USD 5.000 (CINCO MIL
DÓLARES ESTADOUNIDENSES) por la infracción al artículo 5.3.3.2 del Manual de Clubes de la
CONMEBOL Libertadores 2023. El monto de esta multa será debitado automáticamente del monto
a recibir por el Club de la CONMEBOL en concepto de derechos de Televisión o Patrocinio.
2º. IMPONER al CLUB SOCIAL Y DEPORTIVO COLO COLO una multa de USD 5.000 (CINCO MIL
DÓLARES ESTADOUNIDENSES) por la infracción al artículo 5.4.2 del Manual de Clubes de la
CONMEBOL Libertadores 2023 en concordancia con el artículo 27 del Código Disciplinario de la
CONMEBOL. El monto de esta multa será debitado automáticamente del monto a recibir por el
Club de la CONMEBOL en concepto de derechos de Televisión o Patrocinio.
3º. IMPONER al CLUB SOCIAL Y DEPORTIVO COLO COLO una multa de USD 5.000 (CINCO MIL
DÓLARES ESTADOUNIDENSES) por la infracción al artículo 12.2 literal b) del Código Disciplinario de
la CONMEBOL en concordancia con el artículo 27 del mismo cuerpo legal. El monto de esta multa
será debitado automáticamente del monto a recibir por el Club de la CONMEBOL en concepto de
derechos de Televisión o Patrocinio.
4°. ADVERTIR expresamente al CLUB SOCIAL Y DEPORTIVO COLO COLO que en caso de reiterarse
cualquier infracción a la disciplina deportiva de igual o similar naturaleza a la que ha traído causa el
presente procedimiento será de aplicación lo dispuesto en el Art. 27 del Código Disciplinario de la
CONMEBOL, y las consecuencias que del mismo se pudieran derivar.
5°. NOTIFICAR y cumplido archivar.
Amarilis Belisario
Vicepresidente
Comisión Disciplinaria