El Juez Único de la Comisión Disciplinaria de la CONMEBOL,
RESUELVE
1º. IMPONER al CLUB DEPORTIVO UNIVERSIDAD CATÓLICA una multa de USD 5.000 (CINCO MIL
DÓLARES ESTADOUNIDENSES) por la infracción al artículo 10.2 literal b) del Código Disciplinario. El
monto de esta multa será debitado automáticamente del monto a recibir por el Club de la
CONMEBOL en concepto de derechos de Televisión o Patrocinio.
2º. IMPONER al CLUB DEPORTIVO UNIVERSIDAD CATÓLICA una multa de USD 3.000 (TRES MIL
DÓLARES ESTADOUNIDENSES) por la infracción a los artículos 16 literal s) y 36 literal f) (ix) del
Reglamento de Seguridad de la CONMEBOL. El monto de esta multa será debitado automáticamente
del monto a recibir por el Club de la CONMEBOL en concepto de derechos de Televisión o Patrocinio.
3°. IMPONER al CLUB DEPORTIVO UNIVERSIDAD CATÓLICA una ADVERTENCIA por la infracción al
artículo 4.5.1.1 del Manual de Clubes de la CONMEBOL Libertadores 2022.
4°. ADVERTIR expresamente al CLUB DEPORTIVO UNIVERSIDAD CATÓLICA que en caso de reiterarse
cualquier infracción a la disciplina deportiva de igual o similar naturaleza a la que ha traído causa el
presente procedimiento será de aplicación lo dispuesto en el Art. 31 del Código Disciplinario de la
CONMEBOL, y las consecuencias que del mismo se pudieran derivar.
5°. NOTIFICAR al CLUB DEPORTIVO UNIVERSIDAD CATÓLICA y cumplido archivar.
Contra esta decisión no cabe recurso.
Jorge Posse
Miembro
Comisión Disciplinaria
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