La Comisión Disciplinaria de la CONMEBOL,
RESUELVE:
1º. ORDENAR al CLUB ATLÉTICO VÉLEZ SARSFIELD el cierre total de la Tribuna “PLATEA SUR ALTA”
del Estadio “José Amalfitani” de la ciudad de Buenos Aires, Argentina para el próximo partido en
condición de local en competiciones oficiales organizadas por la CONMEBOL; e IMPONER al CLUB
ATLÉTICO VÉLEZ SARSFIELD una multa de USD 40.000 (CUARENTA MIL DÓLARES
ESTADOUNIDENSES) por la infracción a los artículos 10.1 literales b) y d); 10.2 literal g) y 12.2 literales
c), f), o) del Código Disciplinario de la CONMEBOL en concordancia con los artículos 9.1, 9.3 y 31 del
mismo cuerpo legal. El monto de esta multa será debitado automáticamente del monto a recibir por
el Club de la CONMEBOL en concepto de derechos de Televisión o Patrocinio.
Se deja constancia que la sanción de cierre de Tribuna descrita precedentemente se hace extensiva
a cualquier otro estadio en el cual el Club Atlético Vélez Sarsfield pueda celebrar su próximo partido
en condición de local en competiciones oficiales organizadas por la CONMEBOL, siendo la Comisión
Disciplinaria el Órgano competente de determinar las condiciones de su cumplimiento.
2º. IMPONER al señor ALEXANDER JESÚS MEDINA REOBASCO, una multa de USD 50.000
(CINCUENTA MIL DÓLARES ESTADOUNIDENSES) por la infracción al artículo 5.1.11.6 numeral 2) del
Manual de Clubes de la CONMEBOL Libertadores 2022. El monto de esta multa será debitado
automáticamente del monto a recibir por el Club de la CONMEBOL en concepto de derechos de
Televisión o Patrocinio.
3º. IMPONER al CLUB ATLÉTICO VÉLEZ SARSFIELD una multa de USD 20.000 (VEINTE MIL DÓLARES
ESTADOUNIDENSES) por la infracción al artículo 5.1.11.6 numeral 2) del Manual de Clubes de la
CONMEBOL Libertadores 2022. El monto de esta multa será debitado automáticamente del monto
a recibir por el Club de la CONMEBOL en concepto de derechos de Televisión o Patrocinio.
4º. IMPONER al CLUB ATLÉTICO VÉLEZ SARSFIELD una multa de USD 15.000 (QUINCE MIL DÓLARES
ESTADOUNIDENSES) por la infracción a los artículos 4.5.1.1 y 4.5.1.3 del Manual de Clubes de la
UNIDAD DISCIPLINARIA CONMEBOL Libertadores 2022.
El monto de esta multa será debitado automáticamente del monto
a recibir por el Club de la CONMEBOL en concepto de derechos de Televisión o Patrocinio.
5º. IMPONER al CLUB ATLÉTICO VÉLEZ SARSFIELD una multa de USD 10.000 (DIEZ MIL DÓLARES
ESTADOUNIDENSES) por la infracción al artículo 10.2 literal b) del Código Disciplinario de la
CONMEBOL en concordancia con el artículo 31 del mismo cuerpo legal. El monto de esta multa será
debitado automáticamente del monto a recibir por el Club de la CONMEBOL en concepto de
derechos de Televisión o Patrocinio.
6º. IMPONER al CLUB ATLÉTICO VÉLEZ SARSFIELD una multa de USD 10.000 (DIEZ MIL DÓLARES
ESTADOUNIDENSES) por la infracción al artículo 10.2 literal c) del Código Disciplinario de la
CONMEBOL en concordancia con el artículo 31 del mismo cuerpo legal. El monto de esta multa será
debitado automáticamente del monto a recibir por el Club de la CONMEBOL en concepto de
derechos de Televisión o Patrocinio.
7°. ADVERTIR expresamente al CLUB ATLÉTICO VÉLEZ SARSFIELD que en caso de reiterarse
cualquier infracción a la disciplina deportiva de igual o similar naturaleza a la que ha traído causa el
presente procedimiento será de aplicación lo dispuesto en el Art. 31 del Código Disciplinario de la
CONMEBOL, y las consecuencias que del mismo se pudieran derivar.
8°. NOTIFICAR al CLUB ATLÉTICO VÉLEZ SARSFIELD y al Sr. ALEXANDER JESÚS MEDINA.
Contra esta decisión cabe recurso ante la Comisión de Apelaciones de la CONMEBOL en el plazo de 7
(siete) días corridos contados desde el día siguiente a la notificación de la decisión con fundamentos
conforme al Artículo 67.2 del Código Disciplinario de la CONMEBOL. El recurso deberá cumplir con las
formalidades exigidas en el artículo 67.4 y siguientes del Código Disciplinario de la CONMEBOL. De
conformidad con el Art. 67.5 del Código Disciplinario de la CONMEBOL, la cuota de apelación de USD.
3.000 (DOLARES ESTADOUNIDENSES TRES MIL) ha de ser abonada mediante transferencia bancaria.
Amarilis Belisario
Vicepresidente
Comisión Disciplinaria
Eduardo Gross Brown
Presidente
Comisión Disciplinaria
Cristóbal Valdés
Miembro
Comisión Disciplinaria
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