La Juez Única de la Comisión Disciplinaria de la CONMEBOL,
RESUELVE
1º. IMPONER al CLUB ATLÉTICO PEÑAROL una multa de USD 10.000 (DIEZ MIL DÓLARES
ESTADOUNIDENSES) por la infracción al artículo 10.2 inciso b) del Código Disciplinario de la
CONMEBOL. El monto de esta multa será debitado automáticamente del monto a recibir por el Club
de la CONMEBOL en concepto de derechos de Televisión o Patrocinio.
2º. IMPONER al ATLÉTICO PEÑAROL una multa de USD 5.000 (CINCO MIL DÓLARES
ESTADOUNIDENSES) por la infracción al artículo 10.2 inciso c) del Código Disciplinario de la
CONMEBOL. El monto de esta multa será debitado automáticamente del monto a recibir por el Club
de la CONMEBOL en concepto de derechos de Televisión o Patrocinio.
3º. IMPONER al CLUB ATLÉTICO PEÑAROL una multa de USD 3.000 (TRES MIL DÓLARES
ESTADOUNIDENSES) por la infracción al artículo 19 inciso p) del Reglamento de Seguridad de la
CONMEBOL. El monto de esta multa será debitado automáticamente del monto a recibir por el Club
de la CONMEBOL en concepto de derechos de Televisión o Patrocinio.
4º. ADVERTIR expresamente al CLUB ATLÉTICO PEÑAROL que en caso de reiterarse cualquier
infracción a la disciplina deportiva de igual o similar naturaleza a la que ha traído causa el presente
procedimiento será de aplicación lo dispuesto en el Art. 31 del Código Disciplinario de la CONMEBOL,
y las consecuencias que del mismo se pudieran derivar.
5º. NOTIFICAR al CLUB ATLÉTICO PEÑAROL.
Contra esta decisión cabe recurso ante la Comisión de Apelaciones de la CONMEBOL en el plazo de
7 (siete) días corridos contados desde el día siguiente a la notificación de la decisión con fundamentos
conforme al Artículo 67.2 del Código Disciplinario de la CONMEBOL. El recurso deberá cumplir con las
formalidades exigidas en el artículo 67.4 y siguientes del Código Disciplinario de la CONMEBOL. De
conformidad con el Art. 67.5 del Código Disciplinario de la CONMEBOL, la cuota de apelación de USD.
3.000 (DOLARES ESTADOUNIDENSES TRES MIL) ha de ser abonada mediante transferencia bancaria.
Amarilis Belisario
Vicepresidente
Comisión Disciplinaria