El Juez Único de la Comisión Disciplinaria de la CONMEBOL,
RESUELVE
1º. IMPONER al Oficial ADENOR LEONARDO BACCHI una multa de USD 5.000 (CINCO MIL
DÓLARES ESTADOUNIDENSES) en virtud del Artículo 16.6 del Código Disciplinario de la
CONMEBOL. El importe de esta multa será debitado automáticamente del monto a recibir
por su Asociación Miembro de la CONMEBOL en concepto de participación y/o premios.
2º. ADVERTIR expresamente al Oficial ADENOR LEONARDO BACCHI que en caso de
reiterarse cualquier infracción a la disciplina deportiva de igual o similar naturaleza a la que
ha traído causa el presente procedimiento será de aplicación lo dispuesto en el Art. 31 del
Código Disciplinario de la CONMEBOL, y las consecuencias que del mismo se pudieran
derivar.
3º. NOTIFICAR y cumplido archivar.
Contra esta decisión no cabe recurso.
Eduardo Gross Brown
Presidente
Comisión Disciplinaria