El Comité Ejecutivo de la Federación Colombiana nombró a la nueva Comisión Arbitral del fútbol colombiano, la cual estará integrada por Carlos Ernesto Camargo Assis, Jorge Enrique Vélez García, Juan Carlos Granados Becerra, Luis Ernesto Vargas Silva y Óscar Augusto Toro Lucena.
El Comité Ejecutivo de la Federación Colombiana nombró a la nueva Comisión Arbitral del fútbol colombiano, la cual estará integrada por Carlos Ernesto Camargo Assis, Jorge Enrique Vélez García, Juan Carlos Granados Becerra, Luis Ernesto Vargas Silva y Óscar Augusto Toro Lucena.
El periodo para el cual son elegidos dichos miembros de la Comisión Arbitral inició a partir de este pasado martes 24 de enero, día de expedición de la Resolución que designa los miembros, e irá hasta el 31 de diciembre del presente año.
En la próxima reunión del Comité Ejecutivo de la Federación Colombiana, uno de los cinco miembros nombrados, será designado como Presidente de la Comisión.
Resolución
El Comité Ejecutivo de la Federación Colombiana de Fútbol, en uso de sus atribuciones legales y estatutarias, en particular la contenida en el XVII, Artículo 67 de esta última disposición y,
Considerando
1. Que el pasado 31 de diciembre de 2016, se venció el periodo estatutario de la Comisión Arbitral Nacional de esta Entidad.
2. Que de conformidad con los Estatutos Vigentes se deben designar a los profesionales que integrarán dicha Comisión.
3. Que el Comité Ejecutivo en su sesión del 16 de enero de 2017, estudió la designación de los miembros que conformarán esta Comisión, en observancia de las disposiciones establecidas para el efecto.
Resuelve
Artículo 1. Elegir como miembros de la Comisión Arbitral Nacional de la Federación Colombiana de Fútbol, a los siguientes profesionales:
Carlos Ernesto Camargo Assis
Jorge Enrique Vélez García
Juan Carlos Granados Becerra
Luis Ernesto Vargas Silva
Óscar Augusto Toro Lucena
Artículo 2. El periodo para el cual son elegidos los miembros de la Comisión Arbitral Nacional inicia a partir de la fecha de la presente Resolución (24 de enero de 2017), y hasta el 31 de diciembre de 2017.
Artículo 3. La presente resolución rige a partir de la fecha de su expedición.
Dada en Bogotá, D.C., a los veinticuatro (24) días del mes de enero del año Dos Mil Diecisiete (2017).
FCF
CONMEBOL.com