La Jueza Única de la Comisión Disciplinaria de la CONMEBOL,
RESUELVE
1º. SUSPENDER al Jugador MARCELO MARTINS MORENO por un partido, en consecuencia,
el Jugador se encuentra suspendido automáticamente para el siguiente partido de su
selección en la Competición. La presente sanción se deberá cumplir conforme a lo dispuesto
en los Artículos 73 y siguientes del Código Disciplinario de la CONMEBOL.
2º. IMPONER al Jugador MARCELO MARTINS MORENO una multa de USD 20.000 (VEINTE
MIL DÓLARES ESTADOUNIDENSES) en virtud del Artículo 16.6 del Código Disciplinario de la
CONMEBOL. El importe de esta multa será debitado automáticamente del monto a recibir
por su Asociación Miembro de la CONMEBOL en concepto de participación y/o premios.
3º. ADVERTIR expresamente al Jugador MARCELO MARTINS MORENO que en caso de
reiterarse cualquier infracción a la disciplina deportiva de igual o similar naturaleza a la que
ha traído causa el presente procedimiento será de aplicación lo dispuesto en el Art. 31 del
Código Disciplinario de la CONMEBOL
4°. NOTIFICAR al Jugador MARCELO MARTINS MORENO.
Contra el punto 2° de la presente decisión cabe recurso ante la Comisión de Apelaciones de
la CONMEBOL en el plazo de 7 (siete) días corridos desde el día siguiente a la notificación de
los fundamentos de esta decisión conforme al Artículo 67.2 del Código Disciplinario de la
CONMEBOL. El recurso deberá cumplir con las formalidades exigidas en el artículo 67.4 y
siguientes del Código Disciplinario de la CONMEBOL. De conformidad con el Art. 67.5 del
Código Disciplinario de la CONMEBOL, la cuota de apelación de USD. 3.000 (DOLARES
ESTADOUNIDENSES TRES MIL) ha de ser abonada mediante transferencia bancaria.
Amarilis Belisario
Vicepresidenta
Comisión Disciplinaria