El Juez Único de la Comisión Disciplinaria de la CONMEBOL,
RESUELVE
1º. SUSPENDER al Jugador GABRIEL FERNANDO DE JESÚS por dos partidos, incluyendo el partido de
suspensión automática ya impuesto. La presente sanción se deberá cumplir conforme a lo dispuesto
en los Artículos 73 y siguientes del Código Disciplinario de la CONMEBOL.
2º. IMPONER al Jugador GABRIEL FERNANDO DE JESÚS una multa de USD 5.000 (CINCO MIL
DÓLARES ESTADOUNIDENSES) en virtud del Artículo 16.6 del Código Disciplinario de la CONMEBOL.
El importe de esta multa será debitado automáticamente del monto a recibir por su Asociación
Miembro de la CONMEBOL en concepto de participación y/o premios.
3°. NOTIFICAR al Jugador GABRIEL FERNANDO DE JESÚS.
Contra esta decisión no cabe recurso.
Eduardo Gross Brown
Presidente
Comisión Disciplinaria