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Tribunal no hace lugar a lo peticionado en la denuncia presentada por el Club Atlético Boca Juniors

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EL Tribunal de Disciplina de la CONMEBOL,

RESUELVE

1º. NO HACER LUGAR a lo peticionado en la denuncia presentada por el CLUB
ATLÉTICO BOCA JUNIORS, en fecha 25 de noviembre de 2018 y su ampliación
presentada en fecha 27 de noviembre de 2018.

2º. ORDENAR al Departamento de Competiciones de Clubes de la CONMEBOL la
reprogramación del Partido Final de vuelta de la CONMEBOL Libertadores 2018 entre el
Club Atlético River Plate vs. Club Atlético Boca Juniors.

3º. NOTIFICAR al Club Atlético Boca Juniors, Club Atlético River Plate y al Departamento
de Competiciones de Clubes de la CONMEBOL.

Contra esta decisión cabe recurso ante la Cámara de Apelaciones de la CONMEBOL en el
plazo de siete días corridos desde el día siguiente a la notificación del presente fallo puesto
que el mismo ya ha sido notificado con sus fundamentos.

El recurso deberá cumplir con las formalidades exigidas en los artículos 59 y siguientes del Reglamento Disciplinario de la
CONMEBOL.

De conformidad con el Art. 63.5 del Reglamento Disciplinario de la
CONMEBOL, la cuota de apelación de USD. 1.000 (DOLARES ESTADOUNIDENSES
MIL) ha de ser abonada mediante transferencia bancaria

Eduardo Gross Brown, Presidente; Amarilis Belisario, Vicepresidente y  Cristóbal Valdes, Miembro.

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