La Juez Única de la Comisión Disciplinaria de la CONMEBOL,
RESUELVE
1º. CONFIRMAR el partido de suspensión automática impuesto al señor MARCOS ANTONIO
RIVEROS KRAYACICH no acordando ningún partido adicional de suspensión. La presente sanción
se deberá cumplir conforme a lo dispuesto en los Artículos 73 y siguientes del Código
Disciplinario de la CONMEBOL.
2º. IMPONER al señor MARCOS ANTONIO RIVEROS KRAYACICH una multa de USD 750
(SETECIENTOS CINCUENTA DÓLARES ESTADOUNIDENSES) en virtud del Artículo 16.6 del Código
Disciplinario de la CONMEBOL y de acuerdo con lo dispuesto en la Circular DCC 068/2020 de la
Dirección de Competiciones de CONMEBOL. El importe de esta multa será debitado
automáticamente del monto a recibir por el CLUB SPORTIVO LUQUEÑO en concepto de
derechos de Televisación o Patrocinio.
3º. NOTIFICAR y cumplido, archivar.
Contra esta decisión no cabe recurso.
Amarilis Belisario
Vicepresidente
Comisión Disciplinaria